CAPITULO X.- RELACIONES PROFESIONALEScct comentado

Artículo 66.- Cuota sindical

Las Instituciones Universitarias Nacionales practicarán los descuentos sobre el salario de aquellos docentes que se encuentren afiliados correspondientes a la cuota de afiliación, a requerimiento de las asociaciones sindicales a la que estos se encuentren afiliados.

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