CAPITULO I: DISPOSICIONES GENERALEScct comentado
Artículo 3.- Vigencia
El presente Convenio Colectivo de Trabajo tendrá vigencia desde su publicación en el Boletín Oficial y por el término de dos años.
Transcurrido el término de vigencia, se mantendrán subsistientes las condiciones acordadas en el presente, hasta tanto el nuevo Convenio Colectivo entre en vigor.