CAPITULO I: DISPOSICIONES GENERALEScct comentado

Artículo 3.- Vigencia

El presente Convenio Colectivo de Trabajo tendrá vigencia desde su publicación en el Boletín Oficial y por el término de dos años.
Transcurrido el término de vigencia, se mantendrán subsistientes las condiciones acordadas en el presente, hasta tanto el nuevo Convenio Colectivo entre en vigor.

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