ANEXO I: DOCENTES PREUNIVERSITARIOScct comentado
Artículo 6.- Aplicación del nomenclador
La aplicación del nomenclador del artículo 4 no implicará modificación de las condiciones laborales, ni de la carga horaria, ni reducción salarial alguna.
La aplicación del nomenclador del artículo 4 no implicará modificación de las condiciones laborales, ni de la carga horaria, ni reducción salarial alguna.