CAPITULO VII: LICENCIAS JUSTIFICACIONES Y FRANQUICIAScct comentado

CAPITULO VII: LICENCIAS JUSTIFICACIONES Y FRANQUICIAS

Comentario general:

Este capítulo define los cuatro tipos de licencias: anual ordinaria, por enfermedad y accidentes, especiales y  extraordinarias; y establece el régimen de justificación de inasistencias y franquicias. Cabe destacar que entre las especiales se otorga licencia por parentalidad al padre o la madre no gestante, y también se incluye la licencia post parto, vale decir, se incorpora la perspectiva de género y una impronta de igualdad a todo lo que hace a las licencias con o sin goce de sueldo, de padres y madres, gestantes o no gestantes, en lo que compone un horizonte para la normativa nacional en la materia.

Se incorporó en el desarrollo de la cuestión una perspectiva de género tanto en el lenguaje como en el tratamiento de las diversas situaciones.

Es de destacar que si bien los derechos consagrados son operativos, vale decir que son exigibles por parte de los docentes, dados ciertos atavismos por parte de las autoridades de las UUNN puede resultar conveniente acordar mecanismo de operatividad o efectuar una mención en la propia paritaria particular respecto de su condición de derechos operativos.

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