Suspenden los efectos del DNU en materia laboral
La Cámara del trabajo dictó una medida cautelar que suspende los artículos relacionados con la legislación laboral del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) del presidente Javier Milei.
El tribunal aceptó el pedido de la CGT para tratar la demanda contra el DNU 70/2023 y sus implicancias en materia laboral: «Díctase una medida cautelar suspendiendo la aplicabilidad de lo dispuesto en el Título IV TRABAJO del Decreto de Necesidad y Urgencia n.° 70/23 hasta tanto recaiga sentencia definitiva sobre la cuestión de fondo ventilada en estos actuados».
En un fallo de 14 páginas, la Cámara aseguró: «En cuanto al cumplimiento de los recaudos formales (art. 230 CPCCN), debe destacarse que en torno al peligro en la demora las disposiciones del DNyU cuestionado establecen importantes modificaciones de aplicación inmediata en materia de interpretación de las normas, contratación laboral, modalidades contractuales, derechos y obligaciones de las partes, protección de la trabajadora embarazada y de la maternidad, jornada, protección contra el despido arbitrario, ruptura del contrato y sus consecuencias, discriminación y sus consecuencias, funcionamiento de las asociaciones gremiales, conflictos colectivos, etc».